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CÓMO CUMPLIR LOS NUEVOS CRITERIOS DEL ESTATUTO DE MUNICIPIO TURÍSTICO

Los destinos de la Comunitat pueden solicitar la declaración como municipios turísticos según el nuevo Estatuto, aprobado en 2020 pero modificado en 2021 para facilitar el cumplimiento de los requisitos. Los municipios que adquieren este Estatuto obtienen fondos habilitados específicamente por la Generalitat para estos destinos con el fin de que puedan atender adecuadamente a los turistas y visitantes que reciben.

Te contamos a continuación cuáles son los nuevos criterios según la modificación del decreto de 2020 (consúltala aquí) que regula el Estatuto de Municipio Turístico de la Comunitat Valenciana(consúltalo aquí).

Además, siempre puedes visualizar de nuevo el seminario on line informativo que  Turisme Comunitat Valenciana y la Federación Valenciana de Municipios y Provincias impartieron el 3 de febrero de 2022.

¿QUÉ MUNICIPIOS PUEDEN SER RECONOCIDOS COMO TURÍSTICOS?  

Pueden ser reconocidos con la condición de Municipio Turístico los destinos que acrediten el cumplimiento de unos requisitos concretos en cuanto a población turística, plazas de alojamiento turístico, recursos turísticos e importancia del turismo en la economía local.

Estos requisitos son diferentes según la categoría en la que el municipio solicita ser reconocido. Existen 3 categorías:

  • Municipio turístico de excelencia
  • Municipio turístico de relevancia
  • Municipio turístico de singularidad

La solicitud para obtener el Estatuto de Municipio Turístico la debe iniciar siempre el ayuntamiento interesado y Turisme Comunitat Valenciana dispone de un plazo de seis meses para resolver.

En todos los casos se debe presentar la solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat o la web de Turisme Comunitat Valenciana e incluir la documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios y obligaciones que te explicamos a continuación.

Benicàssim, municipio turístico

Población turística

Municipio turístico de excelencia

Como mínimo, deberá recibir en un año natural una población turística de 10.000 personas y además cumplir determinados criterios que relacionan la cantidad de turistas con la población local con el fin de que quede acreditado que los servicios municipales deben atender mucha más población que la que tienen empadronada. Así por ejemplo, en las localidades de 5000 habitantes o menos se debe acreditar que reciben 10 veces más turistas que residentes. Los municipios con más de 5000 habitantes deberán cumplir este requisito pero además, en función de la población residente que supere esos primeros 5000 habitantes, se debe recibir una cantidad de turistas 5, 3, 2 o 1 veces superior (ver los tramos en el artículo 6 de la modificación del decreto)

València, municipio turístico

Municipio turístico de relevancia

Debe acreditar también que en un año natural recibe al menos una población turística de 10.000 personas pero los criterios que relacionan turistas y residentes son menos exigentes, sólo se exige cumplir la mitad. Por ejemplo, en las localidades de 5000 habitantes o menos se debe acreditar que reciben 5 veces más turistas que residentes.

Municipio turístico de singularidad

El criterio de población turística para conseguir la declaración como municipio turístico de singularidad es el mismo que el exigido para el municipio turístico de relevancia.

Para saber qué es o no población turística, hay que remitirse a la Ley de Turismo, Ocio y Hospitalidad que determina que esta población son los turistas (personas que viajan a un destino distinto del de su entorno habitual con cualquier finalidad principal que no sea la de trabajar en el lugar visitado) y visitantes (personas que realizan desplazamientos turísticos sin pernoctar).La población residente será la que determine el padrón municipal.

Gandia, municipio turístico

Plazas de alojamiento

Municipio turístico de excelencia

Deberá tener como mínimo 1.000 plazas de alojamiento turístico reglado.  Si el destino no alcanza esa cifra, pero tiene al menos 500 plazas, podrá cumplir el requisito si sumando las plazas en viviendas secundarias se alcanza al menos la cifra de 1.500. Esta cifra debe cumplirse a 31 de diciembre del año anterior a la solicitud.

Municipio turístico de relevancia

Debe cumplir al menos el 50% de lo exigido al municipio de excelencia. Es decir, deberá tener como mínimo 500 plazas de alojamiento turístico reglado.  Si el destino no alcanza esa cifra, pero tiene al menos 250 plazas, podrá cumplir el requisito si sumando las plazas en viviendas secundarias se alcanza al menos la cifra de 750. Esta cifra debe cumplirse a 31 de diciembre del año anterior a la solicitud.

Municipio turístico de singularidad

En este caso, hay diferentes criterios según sean municipios pequeños o más grandes.

A los de 5000 habitantes o menos no se les exige un mínimo de plazas de alojamiento aunque sí tener oferta de alojamiento reglado de uso turístico.

Los municipios de entre 5000 y 20000 habitantes o menos deben tener como mínimo 375 plazas de alojamiento y de ellas, al menos, 125 deben ser plazas regladas y el resto plazas en viviendas secundarias.

Los municipios de más de 20.000 habitantes deben tener como mínimo 500 plazas de alojamiento y de ellas, al menos, 200 deben ser plazas regladas y el resto pueden ser plazas en viviendas secundarias.

Además de estos dos criterios, de obligado cumplimiento: población turística y plazas de alojamiento, el municipio interesado debe acreditar, de manera alternativa, o bien que tiene en su término un recurso turístico de primer orden, o bien que el turismo es la base de su economía.

Cullera, municipio turístico

Recursos turísticos

Turisme Comunitat Valenciana creará un Catálogo de los recursos turísticos de primer orden de la Comunitat. Pero mientras no esté elaborado, el municipio debe aportar documentación justificativa y solicitar que su recurso se integre en ese futuro catálogo. Si esta solicitud no es denegada, el criterio se considera cumplido.

Importancia económica del turismo

El municipio debe acreditar que el turismo influye en la economía local y genera empleo de la misma forma que lo hace en toda la Comunitat Valenciana. Para ello, se utilizarán los indicadores del último Estudio sobre impacto del turismo en la economía y el empleo regional.

Asimismo el destino debe acreditar el cumplimiento de una serie de obligaciones para poder obtener la declaración. Unas obligaciones que, además, deberá mantener en el tiempo una vez declarado como municipio turístico. Estas obligaciones las puede cumplir por si mismo o con iniciativas conjuntas con otras entidades supramunicipales o en mancomunidades.

Benidorm, municipio turístico

¿QUÉ OBLIGACIONES DEBERÁN CUMPLIR LOS MUNICIPIOS PARA SER RECONOCIDOS COMO TURÍSTICOS?

El municipio que obtenga el Estatuto turístico asume los compromisos incluidos en el Código Ético del Turismo Valenciano y debe cumplir además con las siguientes obligaciones:

  • Debe ofrecer información turística veraz, habilitar puntos de información en el marco de la Red Tourist Info y portales web donde también deberá incluirse un buzón de quejas y sugerencias y un enlace donde poder presentar denuncias por oferta turística ilegal o publicidad engañosa.
  • Debe disponer de identificación y señalización adecuada de sus recursos turísticos de primer orden y trabajar por su protección y promoción.
  • Debe contar con un plan de medidas para la sostenibilidad y la calidad del turismo y la cualificación del personal vinculado al sector.
  • Debe trabajar hacia la gestión como destino turístico inteligente y aprovechar instrumentos como la red de Destinos Turísticos Inteligentes de la Comunitat Valenciana
  • Debe poner en marcha sistemas de calidad como los que promueve Turisme CV a través de Qualitur
  • Debe colaborar con medios municipales en las inspecciones contra el intrusismo que realiza la Generalitat.
  • Debe habilitar un órgano de participación pública integrado por la administración local pero también por los agentes sociales y económicos implicados en el turismo.
  • Debe habilitar sistemas telemáticos que permitan también la participación de los ciudadanos.

El Campello, municipio turístico

Todos los municipios declarados turísticos deben contar con un plan turístico elaborado y aprobado pero la exigencia en su ejecución es diferente, para los municipios de relevancia turística o los municipios turísticos singulares no tienen por qué haber iniciado su aplicación. Los municipios de relevancia deben tenerlo aprobado e iniciarlo en 6 meses, mientras que los singulares deben iniciarlo en 1 año desde su aprobación.

En todos los casos, cada año los municipios turísticos deberán enviar a Turisme Comunitat Valenciana un informe de seguimiento sobre el cumplimiento de estas obligaciones.

Dénia, municipio turístico

¿QUÉ BENEFICIOS TIENE SER MUNICIPIO TURÍSTICO?

Las localidades reconocidas como turísticas por este estatuto tendrán financiación especial para compensar el esfuerzo económico que supone atender a la población turística que reciben.

El Estatuto prevé tres posibilidades:

  • Vías de financiación específicas para compensar el esfuerzo financiero motivado por la actividad turística, tanto en servicios como en infraestructuras
  • Financiación específica mediante convenios concretos
  • Asignaciones del Fondo de Cooperación Municipal Incondicionado de la Comunitat Valenciana.

Calpe, municipio turístico

¿QUÉ DEBEN HACER LOS AYUNTAMIENTOS QUE YA ERAN MUNICIPIOS TURÍSTICOS?

Los destinos que contaban con la declaración de municipio turístico según la Ley de Turismo de la Comunitat Valenciana del año 1998 tienen hasta el 18 de diciembre de 2022 para acreditar ante Turisme su adaptación a los nuevos criterios y obligaciones.

Los destinos reconocidos como municipios turísticos según el nuevo Estatuto aprobado en 2020 son directamente reconocidos dentro de la categoría de Municipios Turísticos de Excelencia sin necesidad de hacer ningún trámite.

Peñíscola, municipio turístico