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QUÉ OBLIGACIONES Y DERECHOS TENDRÁN LOS MUNICIPIOS TURÍSTICOS

Ya se puede consultar el proyecto de decreto del Consell que aprobará el futuro Estatuto del Municipio Turístico en la web de Turisme Comunitat Valenciana. El documento está abierto a alegaciones desde su publicación en el DOGV pero te contamos a continuación cómo se podrá solicitar este reconocimiento y qué criterios, obligaciones y derechos contempla el proyecto en este momento.

¿Qué municipios podrán ser reconocidos como turísticos?  

Sólo podrán obtener el reconocimiento como municipio turístico los destinos que tenga en su término municipal un recurso turístico de primer orden, es decir, que esté en el Catálogo correspondiente que elabora Turisme Comunitat Valenciana.

Pero, además, el municipio deberá acreditar dos de los tres criterios siguientes:

Población:

Como mínimo, deberá tener una población turística de 10.000 personas. A partir de ahí se establecen unos criterios que relacionan la cantidad de turistas con la población local con el fin de que quede acreditado que los servicios municipales deben atender mucha más población que la que tienen empadronada. Así por ejemplo, en las localidades de 5000 habitantes o menos se debe acreditar que reciben 10 veces más turistas que residentes. Los municipios que superen los 5000 habitantes deberán cumplir este requisito pero además calcular que la cantidad de turistas que reciben es 5 veces (en el caso que no superen los 50.000 habitantes), 3 veces ( para municipios de 50000 a 100000 habitantes) o 2 veces (en localidades de 100.000 a medio millón de habitantes) superior a la población residente. Si el municipio supera el medio millón de habitantes, debe acreditar que recibe como mínimo la misma cantidad de turistas que vecinos residen en él.

Plazas de alojamiento:

Deberá tener como mínimo 1000 plazas de alojamiento turístico reglado o 1500 si se cuentan también las segundas residencias.

Criterio económico:

Deberá acreditar que el turismo supone la base de la economía municipal teniendo en cuenta la generación de empleo, la influencia sobre el PIB o la aportación a las arcas municipales.  

¿Qué beneficios tiene ser municipio turístico?

Las localidades reconocidas como turísticas por este estatuto tendrán financiación especial para compensar el esfuerzo económico que supone atender a la población turística que reciben.

El proyecto de Estatuto prevé dos posibilidades:

  • Tendrán atención preferente en las líneas de fomento económico de la Generalitat, las políticas de infraestructuras o actividades de promoción.
  • Tendrás vías de financiación específicas mediante convenios concretos y dentro del Fondo Municipal Incondicionado de la Comunitat Valenciana.

Playa de la Concha en Oropesa

¿Qué obligaciones deberán cumplir los municipios reconocidos como turísticos?

Los municipios que obtengan el Estatuto turístico asumen los compromisos incluidos en el Código Ético del Turismo Valenciana y deben cumplir además con las siguientes obligaciones:

  • Debe ofrecer información turística veraz, habilitar puntos de información en el marco de la Red Tourist Info y portales web donde también deberá incluirse un buzón de quejas y sugerencias y un enlace donde poder presentar denuncias por oferta turística ilegal o publicidad engañosa.
  • Debe disponer de identificación y señalización adecuada de sus recursos turísticos de primer orden y trabajar por su protección y promoción.
  • Debe contar con un plan de medidas para la sostenibilidad y la calidad del turismo y la cualificación del personal vinculado al sector.
  • Debe trabajar hacia la gestión como destino turístico inteligente.
  • Debe colaborar con medios municipales en las inspecciones contra el intrusismo que realiza la Generalitat.
  • Debe habilitar órganos y sistemas telemáticos que permitan la participación de los agentes sociales y económicos y los ciudadanos.

En todos los casos, cada año los municipios turísticos deberán enviar a Turisme Comunitat Valenciana un informe de seguimiento sobre el cumplimiento de estas obligaciones.

¿Cómo solicitar la declaración de municipio turístico?

La solicitud la debe iniciar siempre el ayuntamiento interesado. En todos los casos se presentará de forma telemática a través de la web de Turisme Comunitat Valenciana o la sede electrónica de la Generalitat. La solicitud deberá incluir la documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios y obligaciones.

Turisme Comunitat Valenciana verificará la documentación y la Federación Valenciana de Municipios y Provincias emitirá su informe. Turisme comunicará el reconocimiento en un plazo de 6 meses.
Cullera

¿Qué deben hacer los ayuntamientos que ya son municipios turísticos?

A partir de la entrada en vigor del nuevo decreto de Estatuto de municipio turístico, los destinos que ahora cuentan con esta declaración en virtud de la ley de turismo de 1998 tendrán un año para acreditar ante Turisme su adaptación a los nuevos criterios y obligaciones.

El nuevo Estatuto responde a la nueva Ley de Turismo, Ocio y Hospitalidad, aprobada en 2018, que reconoce el carácter turístico de todos los municipios porque se considera a toda la Comunitat Valenciana como destino turístico. Ahora, el nuevo estatuto regulará qué localidades tendrán además un reconocimiento como municipios turísticos porque necesitan afrontar un gasto superior para atender los flujos de turistas.

El proyecto de Decreto ahora en información publica ha sido elaborado por Turisme Comunitat Valenciana en colaboración con la Federación Valenciana de Municipios y Provincias.