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LOS 8 CAMBIOS DEL NUEVO DECRETO DE ALOJAMIENTO

Si eres propietario o usuario de un alojamiento turístico, sea cual sea, debes conocer las novedades más importantes que debes cumplir según  el nuevo decreto regulador del Alojamiento Turístico en la Comunitat Valenciana, que ya está publicado en el DOGV, en vigor desde mayo de 2021. Éstos son los 8 cambios principales.

1. SE UNIFICA TODA LA NORMATIVA

Una de las principales novedades del nuevo decreto es que refunde en una sola norma los decretos específicos para cada tipo de alojamiento hasta ahora vigentes. Así, tanto propietarios, gestores o usuarios tienen más fácil el acceso y consulta del régimen aplicable a cada uno de ellos desde el inicio al cese de la actividad.

Se establece así en una sola norma:

• La regulación del procedimiento de inscripción de los alojamientos turísticos en el Registro de Turisme Comunitat Valenciana.
• El régimen de precios aplicable a los alojamientos turísticos y el de los distintivos.

Ahora bien, el decreto regula los alojamientos bajo competencia de la Dirección General de Turismo. El estacionamiento de autocaravanas, por ejemplo, no está regulado en este decreto porque no es competencia de la administración turística (consulta la nota aclaratoria emitida por Turisme CV).
Puerta de apartamentos turísticos en València

2. ES OBLIGATORIO UN SEGURO SEGÚN PLAZAS MÁXIMAS ADMISIBLES

Es necesario que contrates siempre un seguro de responsabilidad civil en función de las plazas máximas admisibles en tu alojamiento turístico (míralo en el artículo 26 del decreto)

3. NUEVA MODALIDAD: ALBERGUE TURÍSTICO

El nuevo decreto añade como nueva modalidad de alojamiento turístico el albergue turístico (artículo 78), sin distinción de urbano o rural.

4. ES OBLIGATORIO CUMPLIR EL CÓDIGO ÉTICO

Si eres propietario de un alojamiento turístico y todavía no conoces el Código Ético del Turismo Valenciano te recomendamos leer sus directrices y adherirte a él puesto que el nuevo decreto exige que los alojamientos turísticos atiendan estos principios, especialmente el de la hospitalidad como principio básico (artículo 6).

Además, debes revisar si tu instalación es accesible porque la nueva norma tiene en especial consideración las condiciones de accesibilidad de los alojamientos turísticos, en función de lo que indica el Decreto 65/2019 de 26 de abril, del Consell, de regulación de la accesibilidad en la edificación y en los espacios públicos.

5. NO SE PERMITE LA CESIÓN POR HABITACIONES

Otra de las características importantes de esta nueva normativa es la referencia expresa a que las viviendas de uso turístico se ceden al completo, no se permite la cesión o comercialización por habitaciones (artículo 47) tal y como estableció la Ley 15/2018 de Turismo, Ocio y Hospitalidad.

6. NUEVAS OBLIGACIONES EN LA PUBLICIDAD POR INTERNET

Toda la publicidad que se efectúe de las viviendas turísticas de la Comunitat Valenciana tendrá que incluir obligatoriamente el número de Registro.
Pero además esta obligación se vigilará especialmente si la publicidad se realiza en internet. En estos casos, el responsable de incluir siempre el número de registro de cada vivienda es solidaria, es decir, del titular de la vivienda y de la plataforma digital (artículo 33).

7. UN AÑO PARA ACTUALIZAR LOS DATOS EN EL REGISTRO

Si eres titular o empresa gestora de una vivienda de uso turístico, dispones de un año desde la entrada en vigor del decreto para comunicar a la administración turística su referencia catastral. Puedes comunicarlo telemáticamente AQUÍ.

De esta forma se actualizará el Registro, se descartarán las viviendas que ya no tienen uso turístico y se detallará la ubicación de aquellas que aún tienen uso turístico, pero no aparecía concretado el piso y puerta dentro de un edificio.

8. TODAS LAS COMUNICACIONES SERÁN ON LINE

Por último, ten en cuenta que, a partir de ahora, tanto si eres persona física como jurídica, la relación con la administración turística se realizará con medios electrónicos.

Este nuevo decreto del alojamiento turístico de la Comunitat ha sido elaborado por la Dirección General de Turismo junto al sector empresarial de las tres provincias para adaptar la legislación al contexto actual social, empresarial y tecnológico y continuar el desarrollo de la Ley de Turismo, Ocio y Hospitalidad.

Si deseas conocer más detalles, te invitamos a ver el

WEBINAR INFORMATIVO SOBRE EL

REGLAMENTO DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO

que Turisme Comunitat Valenciana impartió el 10 de junio de 2021

DESCARGA LA PRESENTACIÓN DEL WEBINAR SOBRE

EL NUEVO REGLAMENTO DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO

DESCARGA LA PRESENTACIÓN SOBRE LAS GESTIONES ON LINE

QUE CONTEMPLA EL NUEVO REGLAMENTO DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO